• EXPEDIENTE: JOAN TUGORES QUES
  • CENTRO: UNIVERSIDAD DE BARCELONA
  • ASUNTO: CONVOCATORIA ENDOGÁMICA
  • ESTADO: PENDIENTE
  • SOLUCION: Anulación de los concursos realizados por parte del rectorado de la UB

Resumen

El primer concurso público de profesor contratado permanente de la Universidad de Barcelona se realizó bajo unas bases claramente discriminatorias para los candidatos de fuera de dicha universidad. 

El rector Joan Tugores Ques emitió una resolución que a igualdad de méritos, puntuaba más si el mérito era de la UB (un curso, una investigación, etc.) a pesar de la existencia de sentencias judiciales claramente contrarias a estas prácticas discriminatorias.

 

Exposición

En el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, de fecha 24 de febrero de 2004, leemos el siguiente baremo de méritos:

"Experiencia docente: Puntuación máxima: 20 puntos. a) Años completos: 1 punto por año de experiencia docente universitaria en la UB desarrollada en cualquier materia del área de conocimiento, de acuerdo con las obligaciones fijadas por la UB; 0,6 punto por año de experiencia docente universitaria fuera de la UB. b) Fracciones de año: 0,25 puntos por tres meses de experiencia docente universitaria en la UB; 0,15 puntos de experiencia docente universitaria fuera de la UB (...).

Experiencia investigadora: Puntuación máxima: 20 puntos a) Integración en equipo de investigación constituidos en la UB dentro de cualquier materia del área de conocimiento, de acuerdo con las obligaciones o intereses de la UB: 3 puntos; en equipos de investigación  fuera de la UB: 2 puntos. (...)

Informe favorable emitido por comisiones universitarias especificas y constituidas en la UB dentro del Programa de Estabilitzación: 10 puntos (!)."

Documentos de interés

Dado que cuesta creer que un rector tenga la desfachatez de sostener en un documento público que un curso impartido en su universidad es MEJOR que cualquier curso impartido en cualquier otra (incluso por el mismo profesor, sólo por el hecho de haberlo impartido en un sitio concreto), ante tanto absurdo no queda otra solución que ofrecer al público el documento publicado en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya en formato PDF.

Conclusión y comentarios

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